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UNIONES CIVILES Y CONVIVENCIAS DE HECHO



Comunicación del Consulado Generale d'Italia en Buenos Aires:


Se informa que, a partir de la entrada en vigencia del Decreto n. 144 del 23 de julio de 2016 del Presidente del Consejo de los Ministros publicado en la GU n. 175 del 28 de julio de 2016 y con vigencia a partir del 29/07/2016, será posible solicitar la inscripción de los matrimonios y uniones civiles entre personas del mismo sexo y celebrados en la Republica Argentina, en virtud de la ley n.76 del 20 de mayo de 2016, en el registro provisorio de las uniones civiles instituidos en las Comunas Italianas. Cabe subrayar que el ciudadano italiano quien aquí o en otro Estado (fuera de Italia) haya contraído matrimonio o unión civil conforme a la ley local incluso antes de la entrada en vigencia de la ley 76/2016, tiene la obligación de informar a la sede Consular competente por residencia.


Para poder registrar la unión civil o matrimonio entre personas del mismo sexo, es necesario presentar personalmente en el Consulado, previa cita (a través del sistema Prenota online- servicio Anagrafe/Stato Civile) la siguiente documentación:

· Acta de unión civil o matrimonio, en original y con traducción completa en idioma italiano;

· Declaración jurada donde se compruebe la efectiva ciudadanía italiana de al menos uno de los contrayentes (solo y en la medida en la cual no resulten estar inscriptos en el Anagrafe Consular)


Además será posible dar inicio a las solicitudes de la constitución de las uniones civiles a través de este Consulado General, entre personas del mismo sexo, donde al menos una de las personas posea ya la ciudadanía italiana y tenga establecida su residencia en esta circunscripción consular.


La ley del 20 de Mayo de 2016, nro.76, articula también las convivencias de hecho como nueva institución la cual prevé algunos derechos y facultades debiendo demostrar a todos los efectos la efectiva y estable convivencia así como también la existencia de verdaderos lazos afectivos y estables, como pareja. Los interesados que deseen formalizar dicha convivencia de hecho, deberán completar el formulario aquí adjunto el cual deberá llevar la firma de ambos integrantes de la convivencia declarada y solicitar un turno para la oficina de Anagrafe a través del sistema de “Prenota on-line”.


Para mayor información consultar el sitio web del Consulado General

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